Definición y tipos de Perito – Servicios de Perito Calígrafo en Sevilla

Definición y tipos de Perito – Servicios de Perito Calígrafo en Sevilla

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En Perito Calígrafo Sevilla https://peritocaligrafosevilla.es/ , somos peritos judiciales y de parte, que ejercemos nuestra actividad profesional en la provincia de Sevilla. Nuestro ámbito de actuación profesional es multidisciplinar; ya que, abordamos la Pericia Caligráfica Forense, la Documentoscopia, la Grafología y la Propiedad Industrial e Intelectual.

 

Definición de Perito

Desde una concepción genérica y según la RAE, el perito es el «sabio, experimentado, hábil, práctico en una ciencia o arte», o en opinión de Font Serra «persona entendida, el individuo competente o idóneo por poseer unos determinados conocimientos, aptitudes y habilidades». Mientras que, López-Muñiz Goñi utiliza un proverbio inglés para su definición «es la persona que cada vez estudia más y más sobre menos y menos, para saber casi todo sobre casi nada». El objeto de estudio del perito calígrafo, se ciñe a el análisis del grafismo comparando los rasgos de los que se compone la escritura.

 

 

Lo que caracteriza la figura del perito es la capacidad o competencia en un determinado sector del conocimiento (científico, artístico, técnico o práctico) y como tal es solicitado al proceso porque el juez considera que son necesarios para la percepción de determinados hechos por medio de las máximas de experiencia propias de su especialidad.

 

Tipos de Peritos

En la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Art. 54) se hace diferenciación entre peritos titulados y no titulados. Siendo los primeros, los que están en posesión de título específico oficial (másteres, postgrados, cursos…); mientras que, los segundos carecen de todo tipo de titulación alguna, sin embargo, son eruditos en alguna ciencia o arte.

 

En cuanto al grado de actuación, podemos encontrarnos con peritos de parte o a instancia judicial. Los peritos que actúan a instancia de parte, son requeridos por un  particular o abogado, para la emisión de un informe o prueba pericial con el objetivo de convencer al juez. Lo ideal, es que sean peritos con buena titulación que acrediten conocimientos técnicos en una determinada materia. No obstante, el art. 340.1 LEC obliga que un perito designado judicialmente ostente título oficial, relacionado con la materia objeto del informe solicitado. Finalmente, en la LEC da preferencia a que el Juez se valdrá de peritos con una titulación reglada que de uno carente de ella.

 

En definitiva, el Perito Calígrafo en Sevilla no interviene en el proceso como parte, sino que es un tercero que presta su colaboración al Tribunal por los conocimientos especiales que tiene. Como tercero que es en el proceso, el perito no tiene conocimiento de los hechos antes de intervenir en el caso litigioso, su intervención en el proceso es voluntaria, interviene él por su cualificación técnica y realiza una valoración técnica de los hechos objeto de dictamen.

 

César Cordero Martín

https://gabinetepericialcesarcm.es/curriculum/

Máster en Documentoscopia y Grafología por la Universidad de Barcelona

Perito Calígrafo en Sevilla